Lentes espias: lo ilegal de hacer un examen con ayuda de la IA

Los exámenes de profesionales médicos y policías fueron noticia recientemente debido a que los evaluados hicieron trampa. Los lentes con IA fueron clave para incurrir en la falsedad de un documento de calificación profesional.

Valeria Elías

RTS Medios

Los exámenes médicos para residencias y de la policía fueron detonantes para plantear el tema de las nuevas tecnologías y las formas de copiarse, algo que en adolescentes es más común, pero en profesionales que buscan ascensos o establecer escalafones, pone en evidencia la falta de compromiso y también de responsabilidad por parte de estos agentes. 

 

Pero lo que cabe analizar en este sentido es si esto tiene algún tipo de regulación legislativa que medie sobre estas situaciones de extrema delicadeza, ya que el uso de estas tecnologías brinda la información para destacar en exámen pero deja en evidencia, su uso, el desconocimiento de la profesión que se ejerce y la falta de ética personal y profesional. 

 

Sobre esto el Dr. en Derecho, Marcelo Temperini, expuso su punto de vista y análisis.

“Primero, si es un delito o cómo califica usar lentes con cámara para un examen siendo profesional- comienza explicando- en principio no es un delito. Para que sea considerado un delito penal, tiene que ser una acción que se encuentre tipificada con todos los elementos dentro del Código Penal, con una pena determinada. Entonces, penalmente, hoy no hay una categoría específica en donde podamos subsumir esa conducta de hacer trampa o de utilizar este tipo de tecnología, que nosotros decimos que no está permitida”.

 

Luego continúa: “Eso me conecta con otra de las preguntas que tiene que ver con la existencia de algún tipo de normativo o reglamento interno que en este caso sería reglamento administrativo, es decir una facultad puede establecer dentro de los límites constitucionales cuáles son las reglas para poder rendir o llevar adelante un examen. Como ejemplo podemos traer lo que sucedió en situación de pandemia, en donde muchas personas rendían exámenes a distancia. ¿Cómo que se hacía en este caso?, por ejemplo, se le pedía a la persona que estuviera mirando siempre la cámara o algunos pedían que se muestre el entorno en donde uno estaba haciendo el examen. Para esto se termina regulando y determinado un reglamento o procedimiento a medida”.

 

Según Temperini,  muchas de estas instituciones tendrían que aggiornarse a las nuevas tecnologías y poder establecer nuevos límites para poder prevenir estas conductas.

 

Del mismo modo, aclara: “Esto puntualmente si uno quisiera regular esta situación de la utilización de herramientas de tecnología. Ahora bien, seguramente estas instituciones tengan algún tipo de código de conducta o reglamento interno en donde haya algún tipo de cláusula más genérica acerca de que no se permiten copiarse en los exámenes, o una cosa así, independientemente de la tecnología utilizada. Digo que esto es una buena técnica legislativa, en realidad la conducta prohibida es copiarse las respuestas de un examen. Porque uno debería responder un examen de acuerdo al conocimiento que tenga sin ayudas externas, independientemente si esa ayuda externa está en un papel o está en Chat GPT”. 

 

“Por eso me parece que siempre es interesante y termina siendo más útil, no regular puntualmente sobre una tecnología, sino que regular sobre la conducta. Esto es lo mismo que sucede con los delitos informáticos. El problema no es que la estafa sea a través del teléfono, el problema es la estafa, después se puede hacer a través del teléfono, a través de un mensajito de texto o personalmente. Dicho esto, el tipo penal, si quisiéramos ver tipos penales más cercanos, si interesa ir por ese camino, el tipo penal de estafa no es aplicable, para mí no sería aplicable, por lo menos en estos casos que se analizan, porque para calificar con el artículo 172, que es la estafa genérica, porque en el artículo 173 tenemos tipos especiales de estafa, necesitamos contar con un ardid y un engaño, quizás esos podríamos llegar a decir, acá lo tenemos, pero el segundo elemento necesario es la existencia de un perjuicio patrimonial, es decir, que ese ardid o un engaño tiene que llevar a un perjuicio patrimonial. Y en estos casos, en principio no hay, a menos que salga a la facultad y diga, ‘me hicieron gastar plata en corrección de exámenes’, pero sería muy rebuscado por eso me parece que no sería aplicable”, culmina su exposición.

Asumir un cargo por medio de una trampa 

El cuestionamiento viene por responsabilidades ético-morales, qué pasa con los profesionales que ejercen sin haber demostrado de forma fehaciente y honesta sus conocimientos y capacidades. A esto, el especialista expresó: “Ahí habrán tenido o tendrán las eventuales responsabilidades civiles o penales que tendrá cualquier profesional, que por ejemplo, hoy ejerce la profesión bajo los efectos de las drogas, los efectos del alcohol o por negligencia pura. Entonces, ahí yo separaría la cosa, hay tipos penales específicos para un profesional que, actuando de forma negligente, provocaron daño a la salud, pero no tiene que ver con si sabía o no sabía lo suficiente, pues seguramente hay un montón de profesionales que en su transcurso por la carrera han hecho trampa o se han macheteado o a través de distintas cosas, que no habrá sido inteligencia artificial, pero habrá sido otra estrategia y lograron la aprobación de esos exámenes”.

 

“¿Qué pasa?- prosigue su discurso- el responsable es quien otorga el título, es decir la universidad que tiene determinado reglamento interno que considera que esa persona reunió los conocimientos más necesarios para poder ser considerado médico, hay alguien que está poniendo el sello. Entonces, por un lado, ¿por qué digo esto? Porque si hay un tipo penal específico en Argentina para aquel que ejerciere, por ejemplo, la profesión con falso título, alguien que se hace pasar por médico, sí, ahí está incurriendo en un delito penal, no serían estos casos, porque acá el título lo obtendrían. Lo que nos estamos cuestionando es si esas personas que obtienen los títulos tienen los conocimientos mínimos necesarios como para obtenerlo. Bueno, es una gran pregunta, pero de vuelta, no creo que lo tengamos que atar con esto de la aplicación de la inteligencia artificial, sino que deberán ser las instituciones quienes actualicen sus modos de comprobar si las personas tienen o no el conocimiento necesario”.

 

¿Existe un límite para el uso de la tecnología?

En relación a si hay un límite para el uso de la tecnología en cuestiones laborales, o si es una herramienta, el entrevistado destaca que la tecnología es una herramienta milenaria, ya que los límites dependen de cómo se la regulen. 

 

Por este motivo, aclara: “Yo trabajo para empresas privadas en donde tenemos políticas internas que prohíben la utilización de inteligencia artificial, excepto que la empresa ya haya homologado y haya autorizado la utilización de una herramienta determinada, ¿Por qué? Porque se pueden incurrir en un montón de problemas como la transferencia de información confidencial, como la utilización de contenido no chequeado, porque mucha gente hoy tiene una especie de creencia de que la inteligencia artificial siempre tiene razón o que da las respuestas correctas y se empieza, de alguna forma, a contaminar la información corporativa con información de inteligencia artificial. Por eso, se regula internamente. Las empresas lo pueden regular, pueden establecer que se puede usar y que no”.

 

“Considero, que  en este caso podrá ser considerado una infracción laboral, en este caso se podrá dar motivo hasta la desvinculación de una persona, como ocurrió con el policía. Todo esto depende de cómo se ha regulado, de la misma forma que lo podría hacer una universidad, estableciendo que los estudiantes tienen prohibido la utilización de tales herramientas y en el caso de la detección del uso podrán expulsar o aplicar sanciones, etc. En esto el derecho permite la posibilidad de regular. Obviamente, una cosa es en el ámbito laboral, habrá otros límites porque tendremos que ser con arreglo a los controles y límites establecidos por la ley de contrato de trabajo que serán distintos, por ejemplo, a los límites que podrá tener una universidad”, finalizó Temperini.

Reglamentos y sanciones 

Los reglamentos internos de los institutos y organizaciones, como dice el abogado, son en definitiva los que imperan legalmente ante estas faltas. Pero, también deja en claro que: “Si no los tienen no podrán aplicar sanción, esto es lo mismo que en su momento las escuelas querían aplicar sanciones para los alumnos que utilizaran el celular en los recreos, pero eso estaba regulado en el reglamento de la escuela, cuando el alumno entró estaba en conocimiento”.

 

Pero, ante la falta de un reglamento que especifique esta situación, dice el entrevistado: “Si ahora se te ocurrió que hay que prohibirlo y querés sancionar, cabe aclarar que, podrán sancionar siempre y cuando ese reglamento haya sido dictado con anterioridad, haya sido adecuadamente comunicado. Hay algunos pasos para poder aplicar sanciones especiales. De vuelta, excepto que como dije antes, haya regulaciones más genéricas que permitan aunque no se menciona de ninguna forma, inteligencia artificial, habilitan para aplicar igual”. Como ejemplo comentó que, si en la universidad está prohibida la utilización de cualquier tipo de tecnología para favorecer o para facilitar la respuesta de un examen, es viable aferrarse a esa precepto acusando el uso de tecnología, advertir que está prohibido y aplicar sanción. 

 

¿Se puede evitar el uso de estos artefactos tecnológicos?

El uso de tecnologías que permiten hacer trampa o engañar en un exámen tienen un límite, ¿se puede evitar que hagan uso indebido de estos instrumentos? “Seguramente, primero desde el punto de vista técnico, sí podrán existir determinados recursos, como por ejemplo, impedir o utilizar un jammer, que es una tecnología que permite generar un ruido electromagnético que hace que ninguna de las redes funcione. Lo que pasa es que no van a funcionar tampoco los celulares de las personas, es una tecnología muy invasiva y hasta potencialmente dañina para la salud, para evitar que se conecten a internet”.

 

“Por los videos que vi, también había una cantidad importante de alumnos rindiendo, que entiendo debe ser muy difícil el control en ese contexto, así como debe ser difícil controlar que no se macheteen con algo que tengan en un papelito. Como dije antes, hay una cuestión de aggiornarse, así como todos nos estamos adaptando, para poder establecer estos nuevos límites en el uso de la tecnología para este tipo de situaciones. Creo que la clave está también en empezar a cambiar este tipo de formas de comprobación del conocimiento, pero ¿había forma de evitar que se copien? no es tan sencillo pero si se podrían haber implementado o se podrían implementar en el futuro, algunas medidas tendientes a evitar estas situaciones”, afirma el doctor.

 

Para finalizar opina: “Me parece interesante también empezar a detectar situaciones, acá se dieron cuenta porque había notas que eran extremadamente buenas, pero imaginemos que hubiesen tenido la creatividad (vamos a decirlo así) de errar a propósito algunas respuestas del examen, para en vez de sacarse 10, si hubiesen sacado 8; quizás nadie lo hubiera notado, con lo cual también es súper peligroso. Pero vuelvo a insistir, creo que acá el problema es más sistémico acerca de cómo estamos verificando el conocimiento de las personas”.

Fuente: RTS Noticias