El beneficio para viajar en transporte de larga distancia continúa vigente porque está establecido por ley. Lo que cambió es el esquema de financiamiento para las empresas de transporte.
El Gobierno nacional derogó los decretos que establecían compensaciones económicas para las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad y personas que atraviesan procesos de trasplante.
La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial y modifica el mecanismo de financiamiento que regía desde 2018, aunque no elimina el derecho al acceso gratuito al transporte interjurisdiccional, que continúa vigente por ley.
Hasta ahora, el Estado nacional transfería fondos a las empresas para cubrir el costo de esos pasajes, debido a que las tarifas del sector estaban reguladas oficialmente. Con la desregulación del sistema de transporte implementada desde agosto de 2024, las compañías quedaron habilitadas para definir libremente tarifas, recorridos y servicios.
A partir de esta modificación, el Gobierno nacional sostiene que serán las propias empresas las que deberán absorber el costo de los pasajes gratuitos contemplados por ley.
La normativa vigente establece que las empresas deben otorgar dos pasajes sin cargo cada 54 asientos disponibles en los servicios de larga distancia, independientemente de si el colectivo tiene ocupación completa o no.
El control del cumplimiento de esta obligación continuará a cargo de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), organismo encargado de fiscalizar que las personas alcanzadas por el beneficio puedan acceder al servicio gratuito.
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Fuente: RTS Medios