Día de las trabajadoras de casas particulares 

La Resolución N° 3/2015, declara el 3 de abril de cada año como “Día del Personal de Casas Particulares”. Este día es considerado no laborable, sin pérdida de la remuneración. Si deben prestar servicios, su remuneración se incrementa con un recargo equivalente al 100% del salario diario.

Valeria Elías 

RTS Medios

La base legal de esta disposición se encuentra en la Ley 26.844, también conocida como Ley de Trabajo en Casas Particulares, aprobada en 2013. Esta legislación marcó un hito en la regulación del sector al establecer condiciones más equitativas para quienes desempeñan tareas domésticas. Posteriormente, en 2015, se determinó que el 3 de abril sería el día de descanso especial para este grupo de trabajadoras.


El marco regulatorio define esta jornada como equivalente a un feriado o día domingo, asegurando el derecho al descanso. Esta medida guarda similitud con la que beneficia a los empleados de comercio, quienes también cuentan con un día especial en septiembre, y muchos otros sectores.


Los empleadores pueden encontrarse ante un obstáculo frente al feriado por el día de la empleada doméstica, este jueves 3 de abril del corriente año, dado que es un día hábil en general y las familias mantienen las rutinas semanales correspondientes a esta altura del año. Sin embargo, debe otorgarse a la empleada doméstica la posibilidad de tomar el feriado por las celebraciones de su día; en caso de que no sea así, deberá abonarse lo correspondiente.


Cristina Diaz es una santafesina que dedicó su vida a este oficio y accedió a contarnos su experiencia: “Me gusta trabajar, ayudar a otras personas. Las personas me dan confianza y yo también a ellos. De esa forma podés cumplir tranquila tu trabajo. En los trabajos que he tenido siempre fueron muy buenos, de cierta forma siempre me ha ido bien”.


“Cuando los chicos eran chicos –comenta Cristina sobre su vida– no trabajaba yo, porque no tenía con quién dejarlos, y no podía estar trabajando para pagar un jardín o una persona que los cuide porque no me convenía. Entonces, empecé a trabajar cuando los chicos ya eran más grandes. Y me organicé bien, hablé con mi marido, por supuesto, y con todo así me arreglé bien. Actualmente son adultos, hombres y mujeres, por eso ya no tengo problemas matrimoniales (bromea) con nosotros solos y nos arreglamos así. Por lo menos yo me organizo y todo bien, te repito he trabajado con personas que me han dado la confianza yo también a ellos, por eso puedo trabajar tranquila y estar bien, con las personas que yo no me he sentido cómoda no he seguido trabajando, siempre fui sincera, les he dicho que no iba a trabajar más y nada más, no ando con vueltas para decirles las cosas y conservar la dignidad”.


Escala salarial vigente en abril de 2025

De acuerdo con los valores publicados por el Gobierno para este mes, las trabajadoras y trabajadores domésticos contratados por hora o jornada percibirán los siguientes montos mínimos:

  –  Supervisores: $3.454 por hora con retiro / $3.783 sin retiro.

  –  Cocineros y personal de tareas específicas: $3.270 por hora con retiro / $3.585 sin retiro.

  –  Caseros: $3.089 por hora.

  –  Niñeras y cuidadores de adultos: $3.089 por hora con retiro / $3.454 sin retiro.

  –  Personal de tareas generales: $2.863 por hora con retiro / $3.089 sin retiro.


Estos valores aplican para quienes trabajen menos de 24 horas semanales para un mismo empleador.


La disposición rige a nivel nacional, por lo que todos los empleadores deben garantizar el cumplimiento de la normativa en cuanto a la jornada no laborable y el pago correspondiente en caso de prestación de tareas.