Fallo de la Corte constitucional italiana abre posible camino para ciudadanía de descendientes en el exterior

La sentencia cuestiona la limitación generacional vigente desde mayo de 2025. “La corte confirmó que no hay límite generacional”, explicó el diputado Franco Pirelli.

La Corte Constitucional de Italia emitió un fallo que podría facilitar el acceso a la ciudadanía italiana para descendientes que residen fuera del país, a pesar de la ley vigente que limita los requisitos generacionales desde mayo de 2025. La decisión revoca un planteo que cuestionaba la constitucionalidad del artículo que define la transmisión de la ciudadanía por descendencia.

 

Franco Pirelli, diputado italiano por Sudamérica, explicó que la Corte rechazó el recurso presentado por un juez de Bologna, quien consideraba inconstitucional el artículo 1 de la ley 91 de 1992. “La corte confirmó que el artículo 1 es constitucional y no establece límite generacional”, señaló. Sin embargo, aclaró que esto no modifica la nueva legislación aprobada en 2025.

 

El diputado destacó que la sentencia ofrece un indicio sobre la posible postura de la Corte en futuros juicios contra la ley actual. “Creemos que la Corte declarará inconstitucional la nueva ley cuando se analice el primer caso en 2026”, dijo. La normativa vigente limita la ciudadanía a hijos y nietos directos de ciudadanos italianos y establece nuevos requisitos para inscribir a menores.

 

En relación a las consultas por la ciudadanía, Pirelli indicó que hay gran interés, especialmente de familias con hijos menores que deben realizar pagos y trámites específicos. “Estamos trabajando con la embajada para facilitar las transferencias bancarias que hoy presentan dificultades”, añadió.

 

Por último, recordó que quienes iniciaron trámites o juicios antes de marzo de 2025 continúan bajo la legislación anterior. “Lo recomendable es buscar asesoramiento jurídico para avanzar correctamente en cada caso”, concluyó.

Fuente: RTS Medios