La medida alcanza a plataformas de entretenimiento y servicios que operan en la provincia. Habrá una opción para que los usuarios gestionen la compensación del impuesto.

Desde el 1 de julio, las aplicaciones digitales que prestan servicios en Santa Fe quedarán alcanzadas por el impuesto a los Ingresos Brutos, aun cuando no tengan domicilio fiscal en la provincia ni en el país. La normativa fue instrumentada por el Ministerio de Economía a través de la Administración Provincial de Impuestos (API).
La decisión busca equilibrar las condiciones de competencia entre los comercios y servicios con sede en Santa Fe y las plataformas extranjeras que operan de manera virtual en el mismo mercado. Las alícuotas serán del 3% para las apps de entretenimiento y del 4,5% para aquellas que ofrecen servicios, como transporte urbano por aplicación.
El impuesto no será abonado directamente por las empresas, sino que se aplicará en el momento del pago por parte del usuario, mediante tarjetas o billeteras virtuales. El resumen de cuenta mostrará el monto habitual, el IVA y ahora también el nuevo ítem de Ingresos Brutos destinado a la provincia.
Como parte del esquema, se habilitará un sistema para que los usuarios puedan solicitar la devolución de lo pagado en concepto de Ingresos Brutos o utilizar ese monto para obtener descuentos en tributos provinciales, como la patente o el impuesto inmobiliario. La gestión deberá realizarse de forma individual a través del sitio web de API.
El gobierno provincial también adelantó que pedirá a la Nación que instrumente un mecanismo similar con el IVA, ya que actualmente este impuesto también lo abonan los usuarios sin acceso a ninguna compensación.
Fuente: RTS Medios